sábado, 30 de septiembre de 2023

" La vida en Cristo" ( CIC 2419-2425)

 


                                                   " La doctrina social de la Iglesia

2419   " La revelación cristiana... nos conduce a una compresión más profunda de las leyes de la vida social " ( GS 23, 1). La Iglesia recibe del Evangelio la plena revelación de la verdad del hombre. Cuando cumple su misión de anunciar el Evangelio, enseña al hombre, en nombre de Cristo, su dignidad propia y su vocación a la comunión de las personas; y le descubre las exigencias de la justicia y de la paz, conformes a la sabiduría divina.

2420   La Iglesia expresa un juicio moral, en materia económica y social, " cuando lo exigen los derechos fundamentales de la persona o la salvación de las almas" ( GS 76, 5). En el orden de la moralidad, la Iglesia ejerce una misión distinta de la que ejercen las autoridades políticas: ella se ocupa de los aspectos temporales del bien común a causa de su ordenación al supremo Bien, nuestro fin último. Se esfuerza por inspirar las actitudes justas en el uso de los bienes terrenos y en las relaciones socioeconómicas.

2421   La doctrina social de la Iglesia se desarrolló en el siglo XIX, cuando se produce el encuentro entre el Evangelio y la sociedad industrial moderna, sus nuevas estructuras para producción de bienes de consumo, su nueva concepción de la sociedad, del Estado y de la autoridad, sus nuevas formas de trabajo y de propiedad. El desarrollo de la doctrina de la Iglesia en materia económica y social da testimonio del valor permanente de la enseñanza de la Iglesia, al mismo tiempo que del sentido verdadero de su Tradición siempre viva y activa ( Cf. CA 3 ).

2422   La enseñanza social de la Iglesia contiene un cuerpo de doctrina que se articula a medida que la Iglesia interpreta los acontacimientos a lo largo de la historia, a la luz del conjunto de la palabra revelada por Cristo Jesús y con la asistencia del Espíritu Santo ( Cf. SRS 1; 41 ). Esta enseñanza resultará tanto más aceptable para los hombres de buena voluntad cuanto más inspire la conducta de los fieles.

2423   La doctrina social de la Iglesia propone principios de reflexión, extrae criterios de Juicio, da orientaciones para la acción:

Todo sistema según el cual las relaciones sociales deben estar determinadas enteramente por los factores económicos, resulta contrario a la naturaleza de la persona humana y de sus actos ( Cf. CA 24).

2424   Una teoría que hace del lucro la norma exclusiva y el fin último de la actividad económica es moralmente inaceptable. El apetito desordenado de dinero no deja de producir efectos perniciosos. Es una de las causas de los numerosos conflictos que perturban el orden social ( Cf. GS 63, 3; LE 7; CA 35).

Un sistema que " sacrifica los derechos fundamentales de la persona y de los grupos en aras de la organización colectiva de la producción " es contrario a la dignidad del hombre ( Cf. GS 65). Toda práctica que reduce a las personas a no ser más que medios con vistas al lucro, esclaviza al hombre, conduce a la idolatría del dinero y contribuye a difundir el ateísmo. " No podéis servir a Dios y al dinero" ( Mt 6, 24; Lc 16, 13).

2425   La Iglesia ha rechazado las ideologías totalitarias y ateas asociadas en los tiempos modernos al " comunismo" o " socialismo". Por otra parte, ha rechazado en la práctica del " capitalismo" el individualismo y la primacia absoluta de la ley del mercado sobre el trabajo humano ( Cf. CA 10, 13, 44). La regulación de la economía por la sola planificación centralizada pervierte en su base los vínculos sociales; su regulación únicamente por la ley de mercado quebranta la justicia social, porque " existen numerosas necesidades humanas que no pueden ser satisfechas por el mercado" ( CA 34). Es preciso promover una regulación razonable del mercado y de las iniciativas económicas, según una justa jerarquía de valores y con vistas al bien común". ( CIC 2419-2425).

Comentario:

El desconocimiento de la doctrina social de la Iglesia por parte de los actores económicos dificulta el reinado de Cristo en las sociedades modernas porque no hay correspondecia entre las acciones empresariales y laborales con el mandato evangélico del amor entre los hermanos.

La unidad de vida entre lo que se dice creer y las acciones cotidianas es el único evangelio que muchos conocen.



lunes, 25 de septiembre de 2023

" La vida en Cristo" ( CIC 2415-2418)

 


                                    " El respeto de la integridad de la creación

2415   El séptimo mandamiento exige el respeto de la integridad de la creación. Los animales, como las plantas y los seres inanimados, están naturalmente destinados al bien común de la humanidad pasada, presente y futura ( Cf. Gn 1, 28-31). El uso de los recursos minerales, vegetales y animales del universo no puede ser separado del respeto a las exigencias morales. El dominio concedido por el Creador al hombre sobre los seres inanimados y los seres vivos no es absoluto; está regulado por el cuidado de la calidad de vida del prójimo incluyendo la de las generaciones venideras; exige un respeto religioso de la integridad de la creación ( Cf. CA 37-38).

2416   Los animales son criaturas de Dios, que los rodea de su solicitud providencial ( Cf. Mt 6, 16). Por su simple existencia lo bendicen y le dan gloria ( Cf. Dn 3, 57-58). También los hombres les deben aprecio. Recuérdese con qué delicadeza trataban a los animales san Francisco de Asís o san Felipe Neri.

2417   Dios confió los animales a la administración del que fue creado por él a su imagen (Cf. Gn 2, 19-20; 9, 1-4). Por tanto, es legítimo servirse de los animales para el alimento y la confección de vestidos. Se los puede domesticar para que ayuden al hombre en sus trabajos y en sus ocios. Los experimentos médicos y científicos en animales, son prácticas moralmente aceptables, si se mantienen dentro de los límites razonables y contribuyen a curar o salvar vidas humanas.

2418   Es contrario a la dignidad humana hacer sufrir inútilmente a los animales y sacrificar sin necesidad sus vidas. Es también indigno invertir en ellos sumas que deberían remediar más bien la miseria de los hombres. Se puede amar a los animales; pero no se puede desviar hacia ellos el afecto debido únicamente a los seres humanos " (CIC 2415-2418).

Comentario:

El papa Francisco en su encíclica " Laudato si" nos insiste en la necesidad de cuidar la  "casa común " y nos da diez frases que nos ayudan a tomar conciencia sobre la importancia de custodiar y respetar nuestra " casa común" :.. " La tierra, nuestra casa, parece convertirse cada vez más en un depósito de porquería" ( Punto 21).

" Somos nosotros los primeros interesados en dejar un planeta habitable para la humanidad que nos sucederá".( Punto 208).

" Una ecología integral implica dedicar algo de tiempo para recuperar la serena armonía con la creación, para reflexionar acerca de nuestro estilo de vida, para contemplar al Creador" ( Punto 255).



lunes, 18 de septiembre de 2023

" La vida en Cristo" ( CIC 2411-2414)

 


"... Continuación:

2411    La justicia conmutativa se distingue de la justicia legal. que se refiere a lo que el ciudadano debe equitativamente a la comunidad, y de la justicia distributiva que regula lo que la comunidad debe a los  ciudadanos en proporción a sus contribuciones y a sus necesidades.

2412   En virtud de la justicia conmutativa, la reparación de la injusticia cometida exige la restitución del bien robado a su propietario.

Jesús bendijo a Zaqueo por su resolución: " Si en algo defraudé a alguien, le devolveré el cuádruplo" ( Lc 19, 8). Los que, de manera directa o indirecta, se han apoderado de un bien ajeno, están obligados a restituirlo o a devolver el equivalente en naturaleza o en especie si la cosa ha desaparecido, así como los frutos y beneficios que su propietario hubiera obtenido legítimamente de ese bien. Están igualmente obligados a restituir, en proporción a su responsabilidad y al beneficio obtenido, todos los que han participado de alguna manera en el robo, o que se han aprovechado de él a sabiendas; por ejemplo, quienes lo hayan ordenado o ayudado o encubierto.

2413   Los juegos de azar ( de cartas, etc) o las apuestas no son en sí mismos contrarios a la justicia. No obstante, resultan moralmente inaceptables cuando privan a la persona de lo que le es necesario para atender a sus necesidades o las de los demás. La pasión del juego corre peligro de convertirse en una grave servidumbre. Apostar injustamente o hacer trampas en los juegos constituye una materia grave, a no ser que el daño inflingido sea tan leve que quien lo padece no pueda razonablemente considerarlo significativo.

2414   El séptimo mandamiento proscribe los actos o empresas que, por una u otra razón, egoísta o ideológica, mercantil o totalitaria, conducen a esclavizar seres humanos, a menospreciar su dignidad personal, a comprarlos, a venderlos y a cambiarlos como mercancía. Es un pecado contra la dignidad de las personas y sus derechos fundamentales reducidos por la violencia a la condición de objeto de consumo o a una fuente de beneficio. San Pablo ordenaba a un amo cristiano que tratase a su esclavo cristiano " no como esclavo, sino...como un hermano...en el Señor" ( Flm 16). "

( CIC 2411-2414).

Comentario:

El séptimo mandamiento nos ordena usar los bienes materiales con mesura y respetar los bienes de los demás, siendo honrados con Dios con el prójimo y con nosotros mismos.   

martes, 12 de septiembre de 2023

" La vida en Cristo" ( CIC 2407-2411)

 


                                    " II El respeto de las personas y de sus bienes

2407   En materia económica el respeto de la dignidad humana exige la práctica de la virtud de la templanza, para moderar el apego a los bienes de este mundo; de la justicia, para preservar los derechos del prójimo y darle lo que le es debido; y de la solidaridad,siguiendo la regla de oro y según la generosidad del Señor, que " siendo rico, por vosotros se hizo pobre a fin de que os enriquecierais con su pobreza " ( 2Co 8, 9).

                                             El respeto de los bienes ajenos

2408   El séptimo mandamiento prohibe el robo, es decir, la usurpación del bien ajeno contra la voluntad razonable de su dueño. No hay robo si el consentimiento puede ser presumido o si el rechazo es contrario a la razón y al destino universal de los bienes. Es el caso de la necesidad urgente y evidente en que el único medio de remediar las necesidades inmediatas y esenciales ( alimento, vivienda, vestido...) es disponer y usar los bienes ajenos.

2409   Toda forma de tomar o retener injustamente el bien ajeno, aunque no contradiga las disposiciones de la ley civil, es contraria al séptimo mandamiento. Así, retener deliberadamente bienes prestados u objetos perdidos, defraudar en el ejercicio del comercio ( Cf. Dt 25, 13-16), pagar salarios injustos ( Cf. Dt 24, 14-15; St 5, 4), elevar los precios especulando con la ignorancia o la necesidad ajenas ( Cf. Am 8, 4-6).

Son también moralmente ilícitos , la especulación mediante la cual se pretende hacer variar artificialmente la valoración de los bienes con el fin de obtener un beneficio en detrimento ajeno; la corrupción mediante la cual se vicia el juicio de los que deben tomar decisiones conforme al derecho; la apropiación y el uso privados de los bienes sociales de una empresa; los trabajos mal hechos, el fraude fiscal, la falsificación de cheques y facturas, los gastos excesivos, el despilfarro. Infligir voluntariamente un daño a las propiedades privadas o públicas es contrario a la ley moral y exige reparación.

2410   Las promesas deben ser cumplidas, y los contratos, rigurosamente observados en la medida en que el compromiso adquirido es moralmente justo. Una parte notable de la vida económica y social depende del valor de los contratos entre personas físicas o morales. Así, los contratos comerciales de venta o compra, los contratos de arriendo o de trabajo. Todo contrato debe ser hecho y ejecutado de buena fe.

2411   Los contratos están sometidos a la justicia conmutativa, que regula los intercambios entre las personas y las instituciones en el respeto exacto de sus derechos. La justicia conmutativa obliga estrictamente; exige la salvaguardia de los derechos de propiedad, el pago de las deudas y el cumplimiento de obligaciones libremente contraídas. Sin justicia conmutativa no es posible ninguna otra forma de justicia. " (CIC 2407-2411).

Comentario:

El conocimiento de la ley moral nos ayuda a saber qué podemos hacer y qué debemos evitar para ajustarnos a la ley de Dios. El cultivo de las virtudes humanas de justicia, fortaleza y solidaridad nos ayuda a ser mejores con nosotros mismos y con nuestro prójimo.

martes, 5 de septiembre de 2023

" La vida en Cristo" ( CIC 2401-2406)

 


                                            " Artículo 7: El séptimo mandamiento

No robarás ( Ex 20, 15; Dt 5, 19).

No robarás ( Mt 19, 18)

2401   El séptimo mandamiento prohibe tomar o retener el bien del prójimo injustamente y perjudicar de cualquier manera al prójimo en sus bienes. Prescribe la justicia y la caridad en la gestión de los bienes terrenos y de los frutos del trabajo de los hombres. Con miras al bien común exige el respeto del destino universal de los bienes y del derecho a la propiedad privada. La vida cristiana se esfuerza por ordenar a Dios y a la caridad fraterna los bienes de este mundo.

                              I El destino universal y la propiedad privada de los bienes

2402   Al comienzo Dios confió la tierra y sus recursos a la administración común de la humanidad para que tuviera cuidado de ellos, los dominara mediante su trabajo y se beneficiara de sus frutos ( Cf. Gn 1, 26-29). Los bienes de la creación están destinados a todo el género humano. Sin embargo, la tierra está repartida entre los hombres para dar seguridad a su vida, expuesta a la penuria y amenazada por la violencia. La apropiación de bienes es legítima para garantizar la libertad y la dignidad de las personas, para ayudar a cada uno a atender sus necesidades fundamentales y las necesidades de los que están a su cargo. Debe hacer posible que se viva una solidaridad natural entre los hombres.

2403  El derecho a la propiedad privada, adquirida o recibida de modo justo, no anula la donación original de la tierra al conjunto de la humanidad. El destino universal de los bienes continúa siendo primordial, aunque la promoción del bien común exija el respeto de la propiedad privada, de su derecho y de su ejercicio.

2404   " El hombre al servirse de esos bienes, debe considerar las cosas externas que posee legítimamente no sólo como suyas, sino también como comunes, en el sentido de que han de aprovechar no sólo a él, sino también a los demás" ( GS 69, 1). La propiedad de un bien hace de su dueño un administrador de la providencia para hacerlo fructificar y comunicar sus beneficios a otros, ante todo a sus próximos.

2405   Los bienes de producción- materiales o inmateriales- como tierras o fábricas, profesiones o artes, requieren los cuidados de sus poseedores para que su fecundidad aproveche al mayor número de personas. Los poseedores de bienes de uso y consumo deben usarlos con templanza reservando la mejor parte al húesped, al enfermo, al pobre.

2406   La autoridad política tiene el derecho y el deber de regular en función del bien común el ejercicio legítimo del derecho de propiedad ( Cf. GS 71, 4; SRS 42; CA 40; 48)." 

(CIC 2401-2406).

Comentario:

La función social de la propiedad no esta reñida con la propiedad privada los poseedores de los bienes de producción son administradores solícitos de esos bienes siendo siempre sembradores de paz y alegría sabiendo que es mejor dar que recibir pero enseñando a pescar y no regalar el pescado como dijo san Pablo " el que no trabaja que no coma" pues el trabajo es un derecho y un deber que todos tenemos, las sociedades deben generar riqueza para dar empleos justos y bien remunerados.