domingo, 26 de febrero de 2023

" La vida en Cristo " ( CIC 2263- 2267)

 


                                                                 " La legítima defensa

2263   La legítima defensa de las personas y las sociedades no es una excepción a la prohibición de la muerte del inocente que constituye el homicidio voluntario. " La acción de defenderse puede entrañar un doble efecto: el uno es la conservación de la propia vida; el otro, la muerte del agresor... Solamente es querido el uno; el otro, no " ( Santo Tomás de Aquino, s th, 2.2, 64, 7 ).

2264   El amor a sí mismo constituye un principio fundamental de la moralidad. Es, por tanto, legítimo hacer respetar el propio derecho a la vida. El que defiende su vida no es culpable de homicidio, incluso cuando se ve obligado a asestar a su agresor un golpe mortal.

Si para defenderse se ejerce una violencia mayor que la necesaria, se trataría de una acción ilícita. Pero si se rechaza la violencia en forma mesurada, la acción sería lícita...y no es necesario para la salvación que se omita este acto de protección mesurada a fin de evitar matar al otro, pues es mayor la obligación que se tiene de velar por la propia vida que por la del otro ( Santo Tomás de Aquino, s. th. 2-2, 64, 7 ).

2265   La legítima defensa puede ser no solamente un derecho, sino un deber grave, para el que es responsable de la vida de otros, del bien común de la familia o de la sociedad.

2266   La preservación del bien común de la sociedad exige colocar al agresor en estado de no poder causar perjuicio. A la exigencia de tutela del bien común corresponde el esfuerzo del Estado para contener la difusión de comportamientos lesivos de los derechos humanos y de las normas fundamentales de la convivencia civil. La legítima autoridad pública tiene el derecho y el deber de aplicar penas proporcionadas a la gravedad del delito. La pena tiene, ante todo, la finalidad de reparar el desorden introducido por la culpa. Cuando la pena es aceptada voluntariamente por el culpable, adquiere un valor de expiación. La pena finalmente, además de la defensa del orden público y la tutela de la seguridad de las personas, tiene una finalidad medicinal; en la medida de lo posible, debe contribuir a la enmienda del culpable ( Cf. Lc 23, 40-43 ).

2267   La enseñanza tradicional de la Iglesia no excluye, supuesta la plena comprobación de la identidad y de la responsabilidad del culpable, el recurso a la pena de muerte, si ésta fuera el único camino posible para defender eficazmente del agresor injusto, las vidas humanas.

Pero si los medios incruentos bastan para proteger y defender del agresor la seguridad de las personas, la autoridad se limitará a estos medios, porque ellos corresponden mejor a las condiciones concretas del bien común y son más conformes con la dignidad de la persona humana.

Hoy, en efecto como consecuencia de las posibilidades que tiene el Estado para reprimir eficazmente el crimen, haciendo inofensivo a áquel que lo ha cometido sin quitarle definitivamente la posibilidad de redimirse, los casos en los que sea absolutamente necesario suprimir al reo, " suceden muy rara vez ", si es que ya en realidad se dan algunos". ( CIC 2263- 2267).

Comentario:

El ser humano debe defender su propia vida en todas las circunstancias en las cuales se vea amenazado, la moralidad de los actos humanos es muy clara al respecto si en legítima defensa muere el agresor no hay responsabilidad moral en el acto, pero también aclara que esa defensa debe ser mesurada sin buscar la muerte premeditada del agresor.


sábado, 18 de febrero de 2023

" La vida en Cristo" ( CIC 2258- 2262)



                                                        " Artículo 5 : El quinto mandamiento


No matarás ( Ex 20, 13)

Habéis oído que se dijo a los antepasados: " No matarás"; y aquel que mate será reo ante el tribunal. Pues yo os digo: Todo aquel que se encolerice contra su hermano, será reo ante  el tribunal ( Mt 5, 21-22).

2258 " La vida humana es sagrada, porque desde su inicio es fruto de la acción creadora de Dios y permanece siempre en una especial relación con el Creador, su único fin. Sólo Dios es Señor de la vida desde su comienzo hasta su término; nadie, en ninguna circunstancia, puede atribuirse el derecho de matar de modo directo a un ser humano inocente" ( CDF, instr. " Donum vitae" intr. 5).

                                

                                             I El respeto de la vida humana

                                                El testimonio de la historia sagrada


2259  La Escritura, en el relato de la muerte de Abel a manos de su hermano Caín ( Cf. Gn 4, 8-12), revela, desde los comienzos de la historia humana, la presencia en el hombre de la ira y la codicia, consecuencias del pecado original. El hombre se convirtió en el enemigo de sus semejantes. Dios manifiesta la maldad de este fratricidio: " ¿ Qué has hecho? Se oye la sangre de tu hermano clamar a mí desde el suelo. Pues bien: maldito seas, lejos de este suelo que abrió su boca para recibir de tu mano la sangre de tu hermano" ( Gn 4, 10-11).

2260   La alianza de Dios y de la humanidad está tejida de llamamientos a reconocer la vida humana como don divino y de la existencia de una violencia fratricida en el corazón del hombre:

Y yo os prometo reclamar vuestra propia sangre... Quien vertiere sangre de hombre, por otro hombre será su sangre vertida, porque a imagen de Dios hizo él al hombre ( Gn 9, 5-6).

El Antiguo Testamento consideró siempre la sangre como un signo sagrado de la vida ( Cf. Lv 17, 14). La validez de esta enseñanza es para todos los tiempos.

2261   La Escritura precisa lo que el quinto mandamiento prohibe: " No quites la vida del inocente y justo " ( Ex 23, 7). El homicidio voluntario de un inocente es gravemente contrario a la dignidad del ser humano, a la regla de oro y a la santidad del Creador. La ley que lo proscribe posee una validez universal: obliga a todos y a cada uno, siempre y en todas partes.

2262   En el Sermón de la Montaña, el Señor recuerda el precepto: " No matarás" ( Mt 5, 21), y añade el rechazo absoluto de la ira, del odio y de la venganza. Más aún, Cristo exige a sus discípulos presentar la otra mejilla ( Cf. Mt 5, 22-39), amar a los enemigos ( Cf. Mt 5, 44). El mismo no se defendió y dijo a Pedro que guardase la espada en la vaina ( Cf. Mt 26, 52 ). " ( CIC 2258-2262).

Comentario:

En el quinto mandamiento Dios explícitamente prohibe matar a nuestros semejantes y Cristo nos explica que además de estar prohibido quitarle la vida a otro ser humano desear su muerte o desprestigiarlo y acabar con su honra es también pecado.

Seamos cuidadosos en los comentarios que hacemos en las redes sociales evitando difundir noticias o incitando al odio. " Quita primero la viga de tu ojo y luego ayuda a quitar la paja del ojo de tu hermano". 

sábado, 11 de febrero de 2023

" La vida en Cristo" ( CIC 2247- 2257)

 


                                                                   "   Resumen

2247    " Honra a tu padre y a tu madre" ( Dt 5, 16; Mc 7, 10)

2248   De conformidad con el cuarto mandamiento, Dios quiere que, después que a El, honremos a nuestros padres ya que El reviste de autoridad para nuestro bien.

2249   La comunidad conyugal está establecida sobre la alianza y el consentimiento de los esposos. El matrimonio y la familia están ordenados al bien de los cónyuges, a la procreación y a la educación de los hijos.

 2250   " La salvación de la persona y de la sociedad humana y cristiana está estrechamente ligada a la prosperidad de la comunidad conyugal y familiar" ( GS 47, 1).

2251   Los hijos deben a sus padres respeto, gratitud, justa obediencia y ayuda. El respeto filial favorece la armonía de toda la vida familiar.

2252   Los padres son los primeros responsables de la educación de sus hijos en la fe, en la oración y en todas las virtudes. Tienen el deber de atender, en la medida de lo posible, las necesidades materiales y espirituales de sus hijos.

2253   Los padres deben respetar y favorecer la vocación de sus hijos. Han de recordar y enseñar que la vocación primera del cristiano es la de seguir a Jesús.

2254   La autoridad pública está obligada a respetar los derechos fundamentales de la persona humana y las condiciones del ejercicio de su libertad. 

2255   El deber de los ciudadanos es cooperar con las autoridades civiles en la construcción de la sociedad en un espíritu de verdad, justicia, solidaridad y libertad.

2256   El ciudadano está obligado en conciencia a no seguir las prescripciones de las autoridades civiles cuando son contrarias a las exigencias del orden moral. " Hay que obedecer a Dios antes que a los hombres" ( Hch 5, 29).

2257   Toda sociedad refiere sus juicios y su conducta a una visión del hombre y su destino. Si se prescinde de la luz del Evangelio sobre Dios y sobre el hombre, las sociedades se hacen fácilmente totalitarias" .( CIC 2247-2257).

Comentario:

En el cuarto mandamiento Dios nos pide un comportamiento de hijos sujetos amorosamente a la autoridad de nuestros padres y a los padres nos pide ser comprensivos con los hijos no exasperándolos con exigencias irracionales, " educar en el amor y para el amor " tratando siempre de respetar la autonomía de los hijos. 

El modelo es la Sagrada Familia Jesús , siendo Dios, estaba sujeto a la autoridad de sus padres y María " Guardaba todas las cosas en su corazón". 


lunes, 6 de febrero de 2023

" La vida en Cristo" ( CIC 2244- 2246)

 


                                            " La comunidad política y la Iglesia


2244   Toda institución se inspira, al menos implícitamente, en una visión del hombre y de su destino, de la que saca sus referencias de juicio, su jerarquía de valores, su línea de conducta. La mayoría de las sociedades han configurado sus instituciones conforme a una cierta preeminencia del hombre sobre las cosas. Sólo la religión divinamente revelada ha reconocido claramente en Dios, Creador y Redentor, el origen y el destino del hombre. La Iglesia invita a las autoridades civiles a juzgar y decidir a la luz de la Verdad sobre Dios y sobre el hombre: 

Las sociedades que ignoran esta inspiración o la rechazan en nombre de su independencia respecto a Dios se ven obligadas a buscar en sí mismas o a tomar de una ideología sus referencias y finalidades; y, al no admitir un criterio objetivo del bien y del mal, ejercen sobre el hombre y sobre su destino, un poder totalitario, declarado o velado, como lo muestra la historia ( Cf. CA 45; 46).

2245 La Iglesia, que por razón de su misión y de su competencia, no se confunde en modo alguno con la comunidad política, es a la vez signo y salvaguardia del carácter trascendente de la persona humana. La Iglesia " respeta y promueve también la libertad y la responsabilidad política de los ciudadanos" ( GS 76, 3).

2246   Pertenece a la misión de la Iglesia " emitir un juicio moral incluso sobre cosas que afectan al orden político cuando lo exijan los derechos fundamentales de la persona o la salvación de las almas, aplicando todos y sólo aquellos medios que sean conformes al Evangelio y al bien de todos según la diversidad de tiempos y condiciones" ( GS 76, 5).

Comentario:

En estos tiempos turbulentos donde vemos ataques permanentes a la Iglesia y a sus obispos, sacerdotes y laicos es bueno leer estos puntos del CIC y saber que  esos ataques a la misión que el Señor ha confiado a su Iglesia no son nuevos, siempre habrá oposición al Evangelio al ser conscientes de esa situación debemos tener confianza en Dios y saber "que El puede más".